Acuerdo 001-2021/D-Arbitec

Acuerdo de carácter general del 29 de junio de 2021

La Dirección Arbitral, en ejercicio de las facultades que le fueron otorgadas por el Estatuto del Centro de Arbitraje Arbitec y en consideración a la grave situación sanitaria que enfrenta el país, dispone las siguientes medidas hasta el 30 de junio de 2022:

1. El Centro de Arbitraje Arbitec ejercerá sus funciones de forma remota, en este sentido no se brindará el servicio de atención presencial. Se dispone el siguiente correo para la atención de consultas o de cuestiones administrativas: contacto@arbitec.pe.

2. La recepción de todo documento relativo a procesos arbitrales o a solicitudes de arbitrajes se realizará de manera virtual al domicilio procesal electrónico del Centro de Arbitraje Arbitec: mesadepartes@arbitec.pe.

En caso resulte indispensable la entrega de un documento de forma física, esta deberá ser evaluada y coordinada a través del siguiente correo: contacto@arbitec.pe.

3. La realización de audiencias se realizará de manera remota a través de la plataforma de Microsoft Teams.

Aprobado por la Dirección Arbitral en sesión del 29 de junio de 2021